"Trabajar los derechos humanos, desde las víctimas, es una experiencia que te transforma la vida".

Rosemary Pérez Lineros.

¿Hay alguna experiencia en su trabajo con Derechos Humanos, Victimas y Justicia Transicional que le haya marcado de forma especial o que recuerde con mayor impacto?

Rafaela Sayas Contreras.
Trabajar los derechos humanos, desde las víctimas, es una experiencia que te transforma la vida. Puedo mencionar algunas experiencias que me han marcado, como la de los niños cuyas familias han sido desplazadas. El desplazamiento diferenciado de niñas, niñas y adolescentes es muy fuerte. También estan los trabajos de memoria. Siendo consultora de Naciones Unidas, me ha correspondido ir a muchas partes del país investigando y haciendo consultoría. En medio de la tragedia que implica la violación a los derechos humanos, he visto, por ejemplo, cómo el amor se puede expresar a través de ejercicios de memoria. Un ejemplo es San Carlos, Antioquia.

San Carlos es el primer municipio en Colombia escenario de paz, es decir, donde se encuentra un escenario de reconciliación entre victimarios, víctimas e instituciones y ciudadanía. En la plaza principal del pueblo hay un monumento a la memoria hecho por las mismas víctimas se llama “Jardín de la Memoria”. Las organizaciones de víctimas presentes en ese municipio hicieron un estudio previo de todas las clases de victimizaciones que hay, por ejemplo, víctimas de minas antipersonas, víctimas de delitos sexuales, víctimas de desplazamiento, personas que resisten, es decir, todas las clases de victimizaciones y las distinguieron con un código. Cada flor de ese jardín tan florido implicaba una serie de victimizaciones, porque además fue un pueblo que resistió. Ese ejercicio de la memoria me marcó mucho porque es una manera de recordar diferente donde cada familia se tomó el trabajo de investigar en un lapso de tiempo importante e identificar con un signo distintivo cada tipo de victimización.

Hay otros que me marcaron negativamente respecto del silenciamiento de las víctimas. Por ejemplo, en el 2020 hicimos un ejercicio de acompañamiento a mesas de víctimas en el departamento de Sucre, y como estábamos en pandemia, se establecían en algunos municipios las discusiones para los planes de desarrollo que tienen un capítulo especial para víctimas. En ciertos municipios, las víctimas no contaban con los dispositivos para conectarse en línea, y como había restricción, se daba por sentado que las víctimas habían participado sin que ellas realmente lo hubieran hecho. Entonces, es revictimizar a una persona que ya es vulnerable.

Rosemary Pérez Lineros.
En el libro “Apuntes del Derecho y la Justicia en un Mundo Globalizado” publicado en 2020 por la editorial CECAR, el capítulo 6 “La comisión de la verdad, aproximación a la verdad desde los territorios”, escrito por usted en coautoría con la doctora Rosaura Arrieta Flórez de la Universidad de Cartagena, se da cuenta del alcance que tuvo la Comisión de la Verdad e ilustra el debate en torno a la verdad contenida en información clasificada. En este orden de ideas, ¿Qué es la Justicia Transicional y por qué es clave en el proceso de reconocimiento de derechos a las víctimas en Colombia?


Rafaela Sayas Contreras.
Yo puedo definir justicia transicional de dos maneras. Te puedo definir tal y como lo establece la ley 1448, es decir, normativamente ya está definido lo que es justicia transicional y además ya se había definido por una primera vez en la ley 975, ley de justicia y paz. Sin embargo, aquella fue hecha desde arriba, no por las víctimas. En la ley 1448 sí hubo una participación de víctimas. La norma te dice que la justicia transicional son todos aquellos procesos encaminados a reconocer los derechos de las víctimas luego de procesos de violación de los derechos humanos y de violación al derecho internacional humanitario y que estos procesos implementados por el Estado tienen el propósito de hacer justicia, dicho de otra manera, la justicia para las víctimas, la verdad, las garantías de no repetición, los ajustes institucionales que sean del caso.

Yo digo un montón de cosas desde la norma, pero si nosotros estamos conversando sobre la apropiación social del conocimiento, tengo que explicarlo de otra manera: los procesos de justicia transicional son negociaciones políticas, pero con efectos jurídicos que responden a una pregunta, ¿qué hacemos con todas estas personas criminales que cometieron crímenes de guerra para resarcir a las víctimas, a los ofendidos? porque una sociedad no puede seguir viviendo dándole espalda a esas violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos. Entonces, el primer paso para la justicia transicional es que los criminales, las personas que violentaron rindan cuentas. Luego, colocando a la víctima siempre en el centro, hay un principio que se llama de reparación integral que busca que las víctimas tengan frente al hecho ocurrido una posición mejor a la que tenían antes del hecho victimizante.

Rosemary Pérez Lineros.
¿Cómo la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), podrá llevar la justicia a través de la verdad y la reconciliación, especialmente considerando que es un trabajo a largo plazo por el cual pasarán distintos gobiernos, tal vez con agendas diferentes a las contempladas cuando se firmó el acuerdo de paz?

Rafaela Sayas Contreras.
Son varios elementos, el primero de ellos es la temporalidad, en efecto de acuerdo a la ley es hasta un máximo de 20 años y efectivamente va a tener varios gobiernos porque el marco espacial de un gobierno son cuatro años, entonces fíjate que la misma ley estatutaria de la Administración de Justicia para la Jurisdicción Especial para la Paz establece un término de 10 años y luego 5 años más para finalizar sus actividades, prorrogables a 5 años más. Entonces, más allá de que un gobierno sea proclive o no a que le guste el ejercicio y las actividades de justicia que hace el Tribunal para la Paz, éste va a funcionar con independencia de eso porque hay un acto legislativo que fue el creador de las decisiones que se tomaron en La Habana que establece la autonomía de estas instituciones, eso por
una parte, y con respecto de la JEP es que precisamente esa autonomía no viene del gobierno de turno sino de los compromisos establecidos y pactados en los acuerdos de La Habana.


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